- Se equipara la regulación del tabaco calentado a la del tabaco convencional.
- Se prohíbe la comercialización de filtros, papeles de fumar o cápsulas que modifiquen el sabor de los productos del tabaco.
- Esta normativa afecta solo al tabaco calentado y no a todos los dispositivos de vapeo, en cuya regulación está trabajando el Ministerio de Sanidad.
- El siguiente mensaje informativo: «El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas».
- Las fotografías en color especificadas en la biblioteca de imágenes del anexo II del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio
Fuente original: sanidad.gob.es